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viernes, abril 24, 2026
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Organizaciones políticas deben actualizar su registro de militantes hasta el 7 de marzo

Foto TSE

El Tribunal Supremo Electoral (TSE) informó este martes que las organizaciones políticas tienen plazo hasta el 7 de marzo de 2022 para actualizar su registro de militantes, según establece un instructivo del 13 de julio de 2021.

Según un boletín institucional, de acuerdo a la ley 1096 de Organizaciones Políticas, “la actualización del registro de militancia, deberá ser realizada por los partidos políticos y las agrupaciones ciudadanas al menos una vez por cada periodo constitucional y hasta un año después de las elecciones subnacionales”.

Es decir, previo a la actualización, las o los delegados acreditados ante el Tribunal Electoral competente presentarán la solicitud escrita de actualización de su Padrón de Militantes, donde debe figurar un correo electrónico a efectos de notificación y con los siguientes documentos:

a) Plan operativo de registro de militantes; b) Copia simple de la resolución de otorgación de personalidad jurídica; c) Certificado actualizado, emitido por el Tribunal Electoral competente, que acredite la calidad de delegada o delegado político de la organización tramitante.

El Plan Operativo de Registro de Militantes debe regirse en el artículo 13 de la Ley 1096 de Organizaciones Políticas, donde se establece que “las organizaciones tramitantes deberán cumplir los porcentajes determinados en dicha norma.

Antes de la presentación de la solicitud de otorgación de personalidad jurídica, la organización tramitante deberá definir el procedimiento de registro de militantes que aplicará, pudiendo al efecto obtener la información que requiera a ese fin del Órgano Electoral Plurinacional.