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domingo, abril 19, 2026
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Octavo grupo de contribuyentes del Régimen General debe pasar a factura electrónica este 1 de octubre

Foto: SIN

El Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) recuerda que desde el 1 de octubre de 2024 deberán emitir Documentos Fiscales Digitales, a través de la modalidad de facturación en línea asignada, los contribuyentes del Régimen General listados en el Anexo de la Resolución Normativa de Directorio (RND) N° 102400000003, de 9 de enero de la presente gestión.

La Administración Tributaria difundió la nómina de dichos contribuyentes en una separata que circuló mediante un periódico impreso de circulación nacional, además este listado se encuentra en la página web www.impuestos.gob.bo(botón Repositorio/Normativa Tributaria) y en las cuentas oficiales del SIN en Facebook, X e Instagram.

El SIN comenzó la implementación del Sistema de Facturación en Línea el 1 de diciembre de 2021, que incluye las facturaciones Electrónica en Línea, Computarizada en Línea y Portal Web en Línea, además que se mantienen vigentes las modalidades Manual, Prevalorada y Computarizada (SFV).

Pensando en la economía de los contribuyentes del Régimen General la Administración Tributaria desarrolló el Aplicativo de Escritorio de Facturación en Línea-SIAT Desktop, con requisitos mínimos para su funcionamiento y es totalmente intuitivo para su uso, y se puede descargar gratis en la página web www.impuestos.gob.bo.

También ofrece asistencia técnica a los contribuyentes para que adecúen sus sistemas de facturación a la modalidad electrónica en línea designada por el SIN mediante RND.

Además que organizó cursos gratuitos de capacitación sobre el uso de las modalidades de facturación en línea y sus beneficios para los contribuyentes del Régimen General que paulatinamente fueron designados por el SIN para pasar a la facturación digital de acuerdo con un cronograma.

El Sistema de Facturación en Línea reporta beneficios al contribuyente como el ahorro de tiempo en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias a través de Internet, reducción de costos, generación sugerida y automática del Registro de Compras y Ventas (RCV).

Además del pre-llenado de declaraciones juradas del IVA, el Impuesto a las Transacciones (IT) y el Régimen Complementario al IVA (RC-IVA); evita la clonación de facturas y los errores en la transcripción de la información de los Documentos Fiscales, entre otros beneficios.