La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) informó este miércoles sobre una sentencia en el ‘Caso Valencia Campos y otros versus Bolivia’, señalando que el Estado es responsable de las violaciones a diversos derechos en perjuicio de 26 víctimas involucradas en los allanamientos y detenciones realizadas en el marco de la investigación de un atraco a una vagoneta que transportaba valores en La Paz, en 2001, dentro del caso Blas Valencia.
“El caso se relaciona con los actos de tortura y otras vejaciones cometidos por agentes policiales en el marco de allanamientos y detenciones ilegales realizadas dentro de un operativo para capturar a los sospechosos de un atraco a una camioneta que transporta valores en diciembre del 2001”, señala parte de la sentencia, y difundida por medios locales.
De acuerdo a los antecedentes, el 14 de diciembre de 2001, un grupo entre bolivianos y súbditos peruanos, asaltaron de manera violenta un vehículo de ‘Prosegur’ donde asesinaron a dos efectivos policiales y una persona civil con el objetivo de llevarse 385 mil dólares americanos.
Además, a esto se suma una serie de robos millonarios en La Paz, Cochabamba y Santa Cruz.
Este grupo armado estaba liderado por el entonces coronel Blas Valencia y otros 16 integrantes de su banda delincuencial.
Entre estas personas detenidas y ahora favorecidas por la CIDH, se encontraban un mayor de la Policía, un exmilitar, expresos, súbditos peruanos y otras personas.
Respecto a su sentencia, el 2003, el jefe de la banda y exjefe policial fue sentenciado a 30 años de cárcel sin derecho a indulto; sin embargo el 2022, buscó mecanismos jurídicos para salir de presión argumentando que cumplió las dos terceras partes de su condena.
Valencia estuvo en el penal de Chonchocoro de La Paz, pero fue trasladado a Santa Cruz. Fue acusado de promover “control” dentro del recinto carcelario altiplánico.
“Se determinó, además, que varias de las víctimas fueron exhibidas a los medios de prensa como autores del atraco a la camioneta cuando ni siquiera habían sido objeto de una imputación formal, por lo que se consideró que se afectó el principio de inocencia. Dificultades en el contacto con la defensa de oficio, implicaron también violaciones al derecho de defensa”, concluye el documento.
Por: Unitel






