El Gobierno Autónomo Municipal de La Paz (GAMLP) recordó que las denominadas “Casas del Terror” con fines económicos, desarrolladas en espacios privados y de manera eventual, deben contar obligatoriamente con una autorización eventual otorgada por la mencionada dirección.
La medida, que se enmarca en la normativa municipal vigente, tiene el propósito de garantizar la seguridad de los asistentes y el desarrollo ordenado de las actividades recreativas durante las festividades de Halloween y Todos Santos.
Según un comunicado institucional, las personas naturales o jurídicas interesadas en instalar este tipo de atracciones deberán presentar una serie de requisitos técnicos, administrativos y de seguridad ante la plataforma de la Unidad de Actividades Económicas y Publicidad, ubicada en la calle Chichas esquina Puente de las Américas, torre ESPRA, piso 7.
Entre los requisitos se encuentran: una carta notariada en formato de declaración jurada dirigida al Director de Actividades Económicas, donde el titular o responsable de la “Casa del Terror” asuma la responsabilidad civil en caso de accidentes, declare el cumplimiento de las condiciones técnicas establecidas, la superficie del establecimiento, su capacidad de aforo y autorice el ingreso del personal municipal para inspecciones.
Asimismo, se deberá presentar el registro ciudadano (iGob 24/7), la licencia de funcionamiento vigente o documento de propiedad del inmueble. En caso de no ser propietario, se exige contrato de arrendamiento o anticresis que especifique la autorización para desarrollar la actividad.
Las condiciones técnicas mínimas incluyen la dotación de extintores (uno por cada 50 m² en espacios cerrados y uno por cada 100 m² en espacios abiertos), servicios sanitarios señalizados, botiquines de primeros auxilios, sistemas de ventilación adecuados y salidas de emergencia cuando la superficie sea mayor a 100 m².
También deberán colocarse carteles visibles con las leyendas: “Todos somos iguales ante la ley” y “Prohibido fumar”. Por razones de seguridad, los menores de 13 años deberán ingresar en compañía de un adulto.
La Intendencia Municipal será la encargada de realizar inspecciones previas y de control, y en caso de incumplimiento de las normas o deficiencias técnicas, procederá a la suspensión inmediata de la actividad, pudiendo solicitar apoyo de la fuerza pública si fuera necesario.
El procedimiento de autorización contempla una revisión de requisitos por parte de la Unidad de Actividades Económicas y Publicidad, una inspección técnica de la Intendencia en un plazo no mayor a 48 horas y, si todo está en regla, la liquidación de la Patente Municipal de Espectáculos Públicos o Actividades Recreacionales Temporales, según lo dispuesto por las Leyes Municipales Nº 217, 221 y 343.
Una vez realizado el pago, el titular recibirá el identificativo de autorización con un código único, que será comunicado de forma inmediata a la Intendencia Municipal para control posterior. En caso de observaciones o rechazo, el trámite será devuelto y deberá presentarse una nueva solicitud.
El horario autorizado para el funcionamiento de las “Casas del Terror” será de 09:00 a 23:59, y queda prohibido el expendio o consumo de bebidas alcohólicas, así como cualquier intento de impedir la fiscalización municipal.
En cuanto a la publicidad eventual de estos espacios, deberá tramitarse ante la plataforma habilitada cumpliendo lo dispuesto por la Ley Municipal Autonómica Nº 216 y su Decreto Reglamentario Nº 029/2024, contando con la respectiva licencia de publicidad. La falta de esta autorización será sancionada conforme a la normativa vigente.
El Gobierno Autónomo Municipal de La Paz reiteró que el cumplimiento de estas disposiciones es de carácter obligatorio, y su observancia permitirá que las celebraciones de Halloween y Todos Santos se desarrollen con responsabilidad, orden y seguridad para toda la población paceña.






