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jueves, octubre 15, 2026
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SERNAP aclara que Certificado de Compatibilidad de Uso (CCU) no autoriza la ejecución de proyectos en Áreas Protegidas

El Servicio Nacional de Áreas Protegidas (SERNAP), en el marco de su labor de conservar el patrimonio natural del país, informó el alcance y la finalidad del Certificado de Compatibilidad de Uso (CCU) para proyectos u obras que se desarrollan dentro de las áreas protegidas de interés nacional.

El SERNAP aclara que el CCU es un instrumento de evaluación técnica cuya única finalidad es verificar si una propuesta cumple con la normativa ambiental vigente, las leyes sectoriales (minera, forestal, petrolera, turística) y la normativa específica de cada área protegida, que incluye su zonificación y planes de manejo.

Se debe tomar en cuenta que, una vez revisada la solicitud en base a los instrumentos mencionados, se puede determinar si la Actividad, Obra o Proyecto es compatible o no.

Además, se deben tomar en cuenta los siguientes aspectos respecto al Certificado de Compatibilidad de Uso (CCU):

  • No constituye una autorización de obras: Obtener el CCU no autoriza el inicio de actividades, construcciones ni la ejecución de proyectos.
  • No otorga derecho propietario: El certificado no concede títulos, propiedad ni derechos sobre la tierra.
  • Es solo un requisito previo: Un CCU favorable es un paso necesario para continuar el trámite de la Licencia Ambiental ante la Autoridad Ambiental Competente, instancia que define la aprobación o rechazo de los proyectos.

El SERNAP, entidad bajo tuición del Ministerio de Producción Sostenible, Medio Ambiente y Agua, reafirma su compromiso con el cuidado de la biodiversidad, los recursos naturales y la gestión responsable de nuestras áreas protegidas en beneficio de las presentes y futuras generaciones.