Desde veterinarias hasta estéticas y farmacias, el Gobierno prepara un decreto supremo nacional para regular todos los establecimientos que prestan servicios y venden mascotas. El proyecto de norma está listo para las revisiones finales.
“La construcción de este proyecto fue por la empatía de nuestro Presidente para con los animales, quien nos instruyó coordinar con organizaciones protectoras de animales, profesionales y expertos sobre la materia para plantear una norma específica que proteja los derechos de servicio que tienen en diferentes rubros”, explicó a La Razón el viceministro de Defensa de los Derechos del Usuario y Consumidor, Jorge Silva.
La norma se prepara como un decreto supremo nacional que ya está finalizado en su redacción. Establece aspectos de regulación de los negocios que presten servicios para animales domésticos, para garantizar que estos se brinden con responsabilidad, cuidado, y garantía de seguridad.
“Contempla aspectos normativos que tienen como principal objetivo la implementación y ejercicio de los derechos que tienen nuestras mascotas, es decir perros y gatos, por parte de proveedores, tenedores o responsables de animales, ante la necesidad de hacer respetar derechos en servicios médicos, alimentación, transporte y otros servicios que lamentablemente han sido vulnerados por malos proveedores que en algunos casos incluso terminaron con la vida de las mascotas, no existiendo una norma reglamentaria específica para exigir su cumplimiento y sanciones”, indicó.
Protección
Para cuidar la salud de las mascotas, el proyecto contempla que en hospitales, clínicas, consultorios y farmacias veterinarias los proveedores están en obligación de brindar información clara, oportuna sobre tratamientos, contraindicaciones, diagnósticos y garantizar que los estudios se realicen en laboratorios debidamente autorizados.
Aparte de aquello, las veterinarias, según la propuesta normativa, tienen que contar con condiciones mínimas para su funcionamiento, como tener al menos un médico veterinario o médico veterinario zootecnista colegiado, personal capacitado para el manejo de animales según su especie, ambientes con condiciones óptimas de higiene y sanidad, vestimenta adecuada y guantes para quienes allí trabajen, archivo de historial médico, entre otros.
En el proyecto de decreto supremo, al que tuvo acceso La Razón, se establecen también condiciones para la venta de alimentos balanceados puros y medicados para estos animales.
El artículo 5 detalla que “los proveedores de estos servicios deberán contar con autorizaciones y certificados emitidos y requeridos para el efecto, mínimamente el Certificado de Libre Venta-CLV, certificado zoosanitarios si fuera necesario, emitidos por SENASAG” (sic).
Dato
Además, para la venta de estos alimentos se establece la obligatoriedad de cumplir con parámetros de inocuidad en su manejo.
Asimismo, un espacio especial está contemplado en el decreto supremo para regular la venta de mascotas, un problema constante que lleva a que operativos identifiquen incluso a gatos y perros enfermos o comercializados en condiciones muy poco adecuadas, como dentro de yutes y otros.
Para esto, el proyecto de norma prohíbe la venta de animales domésticos en vía pública, domicilios particulares, mercados fijos y móviles.
Las mascotas de menos de tres meses o enfermas no pueden ser comercializadas.
Por: La Razón






